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| Dic 21, 2020 |

Comunicado conjunto

 Organizaciones afrocolombianas impugnamos el fallo de primera instancia del Juzgado Veintiuno Administrativo de Bogotá que declaró improcedente la acción de tutela que pide a varias entidades del Estado, incluyendo al Departamento Nacional de Estadística -DANE-, corregir los errores en la aplicación del Censo 2018, que disminuyó sin ninguna explicación razonable la población afrocolombiana del país en 30.8%.

En la impugnación aseguramos que la tutela cumple con los requisitos de procedibilidad debido a que se está buscando la salvaguarda de derechos fundamentales, tanto individuales como de la población afrodescendiente, la cual ha sido reconocida como sujeto colectivo de derechos.

Argumentamos que el juzgado incurre en un error cuando en la sentencia de tutela asegura que los derechos fundamentales solo pueden ser tutelados cuando se trata de derechos individuales, desconociendo la jurisprudencia de la Corte Constitucional que dispone que los sujetos colectivos étnicos de derechos son titulares de derechos de rango fundamental, en especial, del derecho a la identidad étnico-racial.

De igual forma, las organizaciones  le pedimos al juzgado tener en cuenta que el mismo DANE ha reconocido los errores del Censo 2018, como se justificó en la acción de tutela, pero también el hecho de que los mecanismos de defensa judicial alternativos ofrecidos por el juez de primera instancia no responden a lo que se solicita, poniendo en riesgo a la población afrodescendiente.

Contrario a los que asegura el fallo, señalamos que la tutela expone que hay una vulneración de los derechos a la igualdad y no discriminación, a la información y a la identidad étnico-racial de la población afrodescendiente del país, como un sujeto de especial protección constitucional, que ha sido sometido a marginación, discriminación y desigualdad históricas.

Cuando de la actividad del DANE, el censo poblacional invisibiliza a nuestra población, nosotros como miembros, quienes compartimos una identidad étnico-racial, en nombre propio vemos vulnerado nuestro derecho que de manera individual también impacta en la dimensión colectiva. Dicha identidad que se reconoce al resto de la población ha sido negada individualmente a cada uno de los accionantes que ven coartado su derecho a la igualdad por la discriminación a la que nos ha sometido la institucionalidad”, decimos en la impugnación.

Insistimos  en que se suspenda el uso de los resultados del Censo 2018 para lo relacionado con el diseño de políticas públicas para la población afrodescendiente del país y solicitan que, por ahora, se sigan utilizando los datos sobre población afrocolombiana del Censo 2005, hasta tanto se realicen los ajustes correspondientes a los datos arrojados por el Censo 2018.

Las organizaciones que impugnamos somos: Ilex Acción Jurídica, la Asociación Colombiana de Economistas Negras: Mano Cambiada, la Asociación Nacional de Afrocolombianos Desplazados (AFRODES), la Conferencia Nacional de Organizaciones Afrocolombianas (CNOA), la Asociación de Consejos Comunitarios del Norte del Cauca (ACONC) y el Proceso de Comunidades Negras (PCN -Corporación Agencia Afrocolombiana Hileros).

LA TUTELA

En el Censo 2018 el número de personas afrocolombianas disminuyó de forma significativa respecto del Censo de 2005, pasando de 4’311.757 en 2005 a 2’982.224 en 2018, sin que se haya registro de causas externas que pudieran causar esta reducción, tales como la muerte generalizada de esta población, procesos de migración masiva hacia el exterior, entre otros.

Consideramos que el subregistro de la población afrodescendiente vulnera los derechos a la igualdad y no discriminación, los derechos económicos, sociales y culturales, el derecho a la información y que atenta contra el principio de protección de la diversidad étnica y cultural de la nación.

Argumentamos que  las limitaciones en el diseño de la pregunta censal que indagaba por la identidad étnico-racial de la población y las deficiencias en la operación censal, así como la falta de cobertura de zonas donde habita población afrodescendiente y dificultades logísticas fueron una de las razones que ocasionaron dicho resultado.

A través de esta tutela se busca que el DANE, con base en los resultados de la próxima Encuesta Nacional de Calidad de Vida (ENCV) estime la población afrocolombiana siempre y cuando la encuesta sea representativa en todos los niveles territoriales e incluya la misma pregunta de autorreconocimiento del Censo 2018, pero complementada con mecanismos de heterorreconocimiento como la paleta de colores o los que se consideren pertinentes.

No obstante, se pide mantener el autorrecocinimiento como el principal factor de identificación, consensuado con las autoridades y las organizaciones de las comunidades afrodescendientes.

A continuación una reseña de las organizaciones

Ilex Acción Jurídica es una organización de derechos humanos conformada por abogados y abogadas afrodescendientes que lucha contra la discriminación racial y promueve el empoderamiento y la protección de los derechos de las personas negras en Colombia.

La Asociación Colombiana de Economistas Negras Mano Cambiada está compuesta por mujeres negras y economistas interesadas en contribuir al movimiento negro y afrodiaspórico en particular, y a la sociedad en general a partir de la generación de información, investigación y análisis crítico de las situaciones socioeconómicas de pueblo negro en Colombia, particularmente de las mujeres negras en nuestras identidades diversas para el goce de derechos humanos y colectivos, en perspectiva de autodeterminación.

La Asociación Nacional de Afrocolombianos Desplazados -AFRODES- es una organización que brinda orientación, apoyo, acompañamiento, asesoría, y capacitación e interlocución en defensa de los derechos e identidad cultural de la población afrocolombiana en situación de desplazamiento.

La Conferencia Nacional de Organizaciones Afrocolombianas -CNOA- es una convergencia a nivel nacional, en la que confluyen más de 278 organizaciones afrocolombianas de primer y segundo nivel, redes y articulaciones.

La Asociación de Consejos Comunitarios del Norte del Cauca -ACONC- es una organización étnica territorial de segundo nivel que agrupa 41 consejos comunitarios de comunidades negras del norte del Cauca y organizaciones étnicas, ubicadas en 10 municipios de la región.

El Proceso de Comunidades Negras -PCN- es una dinámica organizativa negra que articula a más de 140 organizaciones de base, consejos comunitarios y personas, que trabajan constantemente en la transformación de la realidad política, social, económica y territorial de las comunidades negras, afrodescendientes, raizales y palenqueras, mediante la defensa y reivindicación de sus derechos individuales, colectivos y ancestrales.