Tagged with:

| Ene 14, 2021 |

En cumplimiento a lo ordenado por la Corte Constitucional en la sentencia C-588 de 2019 , en días pasados fue sancionada la prórroga de la Ley 1448 del 2011, conocida como Ley de Víctimas,  y sus Decretos Ley 4633 y 4635 de 2011, este último para la Restitución de Derechos Territoriales de Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras (NARP), cuyo siguiente trámite está en manos del Congreso, donde se debatirá el proceso de ejecución y cumplimiento de la normatividad.

Si bien debe reconocerse este gran paso hacia la reparación integral de las más de 9.000 víctimas del conflicto armado en Colombia, la prórroga per sé no garantiza la materialización de los derechos de las víctimas, y en menos medida los de las victimas NARP y sus territorios, debido a que en este caso es necesario consolidar los temas operativos y presupuestales que hagan posible la implementación integral  de dicha política.

En relación con el Decreto Ley 4635 del 2011, la restitución de derechos territoriales busca el retorno al territorio, la caracterización de afectacciones territoriales y la garantía de derechos de las comunidades NARP. Sin embargo, a la fecha, los procesos que se encuentran en curso han superado los términos de ley para decidir sobre la inscripción en el Registro de Tierras Despojadas en etapa administrativa e, incluso, para dictar sentencia en etapa judicial. Las comunidades esperan entre 3 a 5 años para obtener un fallo de restitución.

Asimismo, en la etapa postfallo, el cumplimiento de este tipo de sentencias soporta las limitaciones institucionales de las entidades que hacen parte del SNARIV (Sistema Nacional de Atención y Reparación Integral a las Víctimas), entre estas la Agencia Nacional de Tierras (ANT), encargada de un asunto cardinal de todo este proceso, la titulación de territorios de comunidades negras.

El Estado debe adoptar políticas integrales para la etapa procesal y posfallo de restitución de tierras donde se cuente con los recursos suficientes para garantizar la implementación, seguimiento a las sentencias judiciales, la ejecución de órdenes acerca de la restitución material y jurídica de las tierras en cuestión, la aplicación de reparaciones colectivas, y las condiciones necesarias para el retorno digno y seguro.

Por otro lado, es necesario analizar el escenario de incertidumbre presupuestal sobre la  financiación, que se recrudece por la pandemia del Covid-19. Según la Contraloría General de la República (20 de agosto de 2020), se advierte que por la crisis derivada de la pandemia puede que del 1’813.644 víctimas que habían mejorado sus condiciones en 2019, vean deteriorada su situación socioeconómica, volviendo a vivir en condiciones de pobreza y pobreza extrema.

De manera global, el presupuesto para la atención y reparación de las comunidades NARP víctimas han disminuido en las últimas dos vigencias. De 2017 a 2019, los recursos apropiados para la atención y reparación de las víctimas NARP descendieron en un 43%, según el último informe de la Defensoría del Pueblo en esta materia.

Es así como, tras la sanción de la prórroga de la Ley 1448 de 2011 y sus decretos ley, debe existir una revisión de la capacidad institucional y presupuestal para garantizar que la misma sea determinante en el cumplimiento de los principios de la justicia transicional.

Es imperante destacar que en la actualidad y posterior a la firma del Acuerdo de Paz con las FARC-EP, los territorios de las comunidades NARP siguen inmersos en escenarios de riesgo por el acercamiento de otros grupos armados, tales como el Ejército de Liberación Nacional (ELN), el Ejército Popular de Liberación (EPL), las autodefensas Gaitanistas de Colombia (AGC) y las antiguas estructuras del Bloque Oriental de las FARC-EP.

En medio de la pandemia por el Covid-19 se han reportado casos como los ocurridos en las comunidades negras del Cauca (Jamundí y Buenos Aires), que recibieron mensajes intimidantes. Por otra parte, en Nariño, un grupo armado denominado FARC-EP Frente Oliver Sinisterra, enfrenta a la disidencia que se encuentra en la zona de Patía.

De igual forma, las autoridades han reportado que en el Chocó, Bolívar y Magdalena continúa la coerción por parte de grupos armados y la ejecución de violencias como el desplazamiento forzado, la delincuencia, el enfrentamiento entre pandillas, el asesinato selectivo, las barreras invisibles y el microtráfico.

Es así como esta prórroga debe garantizar la materialización de los derechos territoriales de las comunidades NARP, teniendo en cuenta las limitaciones presupuestales y operativas evidenciadas por los organismos de control , así como el recrudecimiento del conflicto, la inseguridad de líderes sociales afro y las consecuencias sociales y económicas del Covid-19.

Seguiremos de manera atenta la sanción presidencial de la prórroga de la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras, más específicamente al decreto Ley 4635 de 2011, que son derroteros en los derechos de las comunidades NARP víctimas del conflicto armado, para continuar apoyando a las comunidades negras de Colombia.